
Cada vez más abogados en Estados Unidos dicen que los creadores de contenido deberían incluir sus cuentas de TikTok, Instagram y YouTube en los contratos matrimoniales. El conocido abogado Michelle May O’Neil planteó este tema en un panel del SXSW 2026 titulado «¿A quién pertenezco? La batalla legal por la identidad en la economía de los creadores». Está especializada en cuestiones relacionadas con el uso del nombre y la imagen de las personas, y advierte de que la identidad digital es un activo que puede convertirse en objeto de disputa durante un divorcio. Ya hay un ejemplo: los creadores Kat y Mike Stickler se enfrentaron a un conflicto no por sus hijos, sino por su audiencia: cuatro millones de seguidores. Al final, la cuenta se quedó con Kat, que siguió haciendo crecer su popularidad. Según O’Neil, los tribunales carecen de normas para resolver este tipo de disputas, así que la vida en común convierte incluso el «yo» digital en un bien común que no se puede dividir. El problema se agrava si la pareja aparece en el contenido: tras la ruptura, uno de los cónyuges puede seguir utilizando la imagen del otro. La abogada considera necesario especificar en el contrato matrimonial que cada cónyuge conserva los derechos exclusivos sobre su nombre, su aspecto, su voz y cualquier manifestación de su personalidad; el matrimonio no transfiere esos derechos automáticamente. Además del contrato matrimonial, O’Neil aconseja constituir una entidad jurídica —por ejemplo, una LLC— para proteger la identidad digital como activo principal. Aunque estas cláusulas sirven para prevenir conflictos, pueden resultar decisivas si los excónyuges disputan las cuentas o el derecho a utilizar sus imágenes. Conviene tener presente que las palabras de una abogada no constituyen asesoramiento jurídico; antes de tomar decisiones, hay que consultar a un profesional propio.
Los abogados se han dado cuenta de que los creadores de contenido se han metido ellos solitos en un callejón sin salida. Hace diez años, un bloguero solo se repartía la publicidad; ahora, su propia cara. Al construir una imagen en internet, olvidaron que esta se convierte en un activo, y los activos generan disputas. Los jueces —esas mismas personas que apenas aprendieron a usar la firma electrónica— de repente tienen que repartir cuentas de TikTok. Resulta curioso ver cómo una industria que sueña con la libertad creativa acaba recurriendo a contratos matrimoniales, como empresarios que se reparten las acciones de una startup. La abogada propone una solución: dejar por escrito los derechos sobre el propio nombre. Suena casi romántico: prometer que tu voz solo te pertenece a ti. Pero debajo de esa promesa está el miedo a perder ingresos. Los creadores activan mecanismos de protección no por amor al orden, sino porque la fama digital se ha convertido en un juguete demasiado caro. Y si antes se discutía quién se quedaba con el perro, ahora se discute quién se queda con la audiencia. El progreso, como suele decirse, avanza por caminos extraños.